CONVOCATORIA
A “REFERÉNDUM ESTUDIANTIL PARA ELEGIR DE FORMA DEMOCRÁTICA Y PARTICIPATIVA LA
VÍA POR LA CUAL LOS ESTUDIANTES QUEREMOS IR CON RESPECTO A LA EDUCACIÓN
SUPERIOR PÚBLICA EN YACUIBA”.
La estructura de dirección estudiantil reconocidas
Estatutariamente como representación y gobierno estudiantil, realiza la
CONVOCATORIA a “Referéndum Estudiantil para elegir de forma democrática y
participativa la vía por la cual los estudiantes queremos ir con respecto a la
Educación Superior Pública en Yacuiba” de acuerdo a lo siguiente:
Art. 1.
Marco
Jurídico.-
El maco jurídico para la realización del presente
Referéndum Estudiantil, está enmarcado en el respeto al Fuero Universitario
reconocido para todo el sistema de la Universidad Boliviana por el Estatuto de
la Universidad Boliviana, a los Valores de la Comunicación, el Servicio, la
Creatividad e Innovación, la Mística y la Solidaridad y Cultura de Paz
reconocidos en el Estatuto Orgánico de la Universidad Autónoma Juan Misael
Saracho y en la observancia de la base de organización de los estudiantes
mediante la decisión democrática y soberana establecida en el Estatuto Orgánico
Estudiantil de la Universidad Autónoma Juan Misael Saracho.
I.
Estatuto de la Universidad Boliviana, Título
II, Capítulo II, Art. 5, inc. C) El Fuero Universitaria como garantía de la
independencia ideológica de docentes y estudiantes y la libre confrontación de
ideas. Toda discriminación social, política, religiosa y étnica, es contraria
al espíritu de la Universidad Pública Boliviana.
II.
Estatuto Orgánico de la Universidad Autónoma
Juan Misael Saracho, Título I, Capítulo IV, Art. 6°. La UAJMS reconoce los
siguientes valores como parte de su cultura institucional: Comunicación. La Universidad, como institución
moderna, necesita líneas abiertas de comunicación, tanto internas como
externas, para lograr colaboración y comprensión entre autoridades, docentes,
estudiantes y trabajadores administrativos, así como una mejor vinculación con
el entorno para realizar una transparente labor universitaria. Servicio. La
Universidad está al servicio de la sociedad mediante el cumplimiento
satisfactorio de las funciones sustantivas
que desarrolla. Creatividad e Innovación. La Universidad asume la creatividad e
innovación como valores sustantivos que aseguran su desarrollo y transformación
permanentes, por lo que apoya la formación
de personas creativas e innovadoras, así como la aplicación de las
nuevas ideas generadas. Mística. La Universidad está imbuida de una gran
mística que transciende su labor diaria y permanente, inculcando confianza y
seguridad en sus diversos miembros para poder alcanzar una sociedad digna,
justa y equitativa. Solidaridad y Cultura de Paz. Creemos en una
Universidad solidaria, que busca y
encuentra soluciones a las demandas,
necesidades y expectativas de su entorno y que trabaja permanentemente por una
cultura de paz, en la que el diálogo sea la base de una convivencia pacífica
entre los pueblos.
III.
Estatuto Orgánico Estudiantil de la
Universidad Autónoma Juan Misael Saracho, Título I, Capítulo II, Art. 2º La
base de la organización de los
estudiantes de la Universidad Autónoma Juan Misael Saracho, descansa en la decisión
soberana y democrática de la totalidad de estudiantes, expresada mediante voto
universal directo y secreto.
Art. 2.
Objetivo
y alcance del Referéndum.-
El objetivo del Referéndum es conocer la decisión
de los estudiantes con relación a una cuestión compleja en la cual el
estudiante universitario que participe debe informarse para participar, el alcance
es vinculante a todo pronunciamiento público y constituye un mandato
estudiantil que debe ser asumido como un compromiso permanente de lealtad con
la decisión de la democracia estudiantil universitaria por parte de las
estructuras de representación y dirección estudiantil universitaria reconocidas
por los Estatutos de la Universidad Boliviana.
Art. 3.
Naturaleza
del Referéndum.-
El Referéndum es el mecanismo de la democracia
directa por antonomasia, complementa el régimen de democracia participativa,
potenciando la intervención directa de la comunidad estudiantil universitaria.
Esté Referéndum tiene un carácter Consultivo.
Art. 4.
Fecha
y lugar del Referéndum.-
El acto del
Referéndum se desarrollará el día viernes 5 de junio de 2015 en los ambientes
de la Facultad de Ciencias Integradas del Gran Chaco dependiente de la
Universidad Autónoma Juan Misael Saracho de Tarija.
Art. 5.
Tiempo
de duración.-
El acto del
Referéndum se desarrollará durante 8 horas de la jornada elegida, desde las 12:00
hasta las 20:00 horas del día fijado.
Art. 6.
Control,
Verificación, Escrutinio y Proclamación de Resultados.-
El control,
verificación y posterior escrutinio y proclamación del resultado, más su
publicación y difusión es responsabilidad de la Dirección de Gobierno y
Representación Estudiantil Universitario.
Art. 7.
De la
boleta y el material para el Referéndum.-
La boleta y todo
material incluyendo la lista de votantes a utilizarse será proporcionado por la
instancia de Control, Verificación, Escrutinio y Proclamación de Resultados.
Art. 8.
De
las características de la boleta.-
La boleta será única,
contendrá ambas Propuestas a Elegir en dos franjas una superior y una inferior.
Cada franja estará dividida de la siguiente forma en la parte superior de la
franja estará en letra visible el número de la propuesta, debajo estará con
letra visible y encerrado en signos de interrogación la consulta. La parte
inferior de la franja estará dividida en dos secciones con recuadros donde se
deberá votar por las opciones de la preferencia del elector.
Art. 9.
De
las Propuestas a Elegir.-
Queda establecido, que la Boleta deberá tener las 2
(Dos) Propuestas en Consulta a los estudiantes, las cuales son: Propuesta 1 ¿Queremos ir por la vía de
convertir nuestra Facultad; en una Universidad con Autonomía Académica,
Económica y Administrativa para Yacuiba? / Propuesta 2 ¿Queremos ir por la vía
de descentralizar creando una Sede Universitaria que siga dependiendo de
Tarija?
Art. 10.
De
los votos validos, nulos y blancos.-
Para efectos del proceso
de escrutinio durante el Referéndum se determina las siguientes características
de los votos:
I.
Es voto válido aquel que vote por UNA SÓLA
OPCIÓN POR FRANJA de la siguiente forma valida el SÍ en la opción de su
preferencia y por el NO en la opción que no goza de su preferencia.
II.
Es voto nulo aquel voto, donde sólo esté
expresada una sola opción, en la franja superior o inferior. También es voto
nulo sí se vota por más de una opción en cada franja, es también nulo cuando el
voto exprese en ambas franjas la misma preferencia es decir: SÍ EN LA FRANJA
SUPERIOR Y SÍ EN LA FRANJA INFERIOR; NO EN LA FRANJA SUPERIOR Y NO EN LA FRANJA
INFERIOR, o sí se hiciese algún daño gráfico a la boleta más allá de la
intención o expresión del voto. Está opción no será contabilizada en el
porcentual estadístico final.
III.
Es voto blanco aquel voto que no estuviera
marcado por ninguna opción en ambas franjas y la suma total de votos blancos se
sumará a la opción ganadora en el porcentual estadístico final.
Art. 11.
Veedores.
Serán acreditados en calidad de veedores para el proceso de
Referéndum Estudiantil, a representantes de movimientos y organizaciones
cívicas, sociales, sindicales y estudiantiles.
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